La Corte aclara que medida sobre fotomultas no es retroactiva

Miércoles, 25 de Abril de 2012. 08:15 Hs.

La Corte Suprema de Justicia aclaró que la medida en contra de las fotomultas no es retroactiva por lo que los municipios no están obligados a devolver el dinero ya percibidos por multas anteriores.

Para la Corte Suprema, el cobro de multas que hacen algunos municipios en rutas internacionales no corresponde.

La máxima instancia judicial, a través del Acuerdo y Sentencia Nº 253, había considerado ilegal la realización de las llamadas fotomultas en cuatro municipios del interior del país.

Aunque en principio, los abogados del foro habían señalado que con la resolución del máximo órgano jurisdiccional de la República se podía gestionar la devolución del dinero, la Corte aclaró que esta resolución no tiene efecto retroactivo.

Del mismo modo, así como las multas emitidas hasta el 22 de abril ya no tienen obligación de ser pagadas en los municipios que expidieron las infracciones. Estos municipios son Ypacaraí, Coronel Oviedo, Hernandarias y Ñemby.

Solamente en Ñemby, la ciudad ubicada en el cinturón del área metropolitana de Asunción entre 2009 y 2011 se recaudaron unos 8.000 millones de guaraníes en este concepto.


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