Tribunal rechaza recurso de Mepshow, que está obligado ahora a pagar impuestos

Viernes, 01 de Octubre de 2010. 09:50 Hs.

La empresa Mepshow S.A., que explota la quiniela nacional, sufrió un revés judicial. El Tribunal de Apelación, Cuarta Sala, no dio lugar al recurso de aclaratoria promovido por los abogados de la empresa que representa Jorge Escobar.

20101001-634215060129722500wJorge Escobar, representante de Mepshow. La empresa que explota la quiniela deberá ahora abonar los impuestos.


Mepshow SA había presentado el recurso contra el fallo que revertía la medida cautelar otorgada a favor de la firma, consistente en la suspensión de los efectos de tres leyes (Ley Nº 125/91, Ley Nº 2.421/04 y Ley Nº 431/73) y un decreto (Decreto Nº 6.539/05).

La firma de Escobar planteó inicialmente una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia solicitando como medida cautelar la suspensión de los efectos de las citadas leyes impositivas, pedido que nunca fue otorgado por el citado órgano judicial.

Ante dicha situación, la firma de referencia solicitó, vía amparo, la medida cautelar de suspensión de los efectos de las normas legales mencionadas. La jueza Penal de Garantías Nº 9, María Griselda Caballero, concedió la medida solicitada. Este fallo fue apelado en tiempo y forma por el Ministerio de Hacienda a través de la Abogacía del Tesoro, obteniendo por Auto Interlocutorio Nº 248 de fecha 30 de agosto 2010 la revocatoria correspondiente.

Resuelta la aclaratoria se da por concluida la discusión procesal actual, debiendo en lo sucesivo la firma Mepshow SA cumplir las prescripciones establecidas en las Leyes Nº 125/91 (reforma tributaria); N° 2.421/04 (adecuación fiscal); N° 431/73 (veteranos) y en el Decreto Nº 6.539/05.

Antecedentes de jueza, al JEM

Por otra parte, en referencia a la resolución de la jueza Caballero, hoy revocada, la Abogacía del Tesoro del Ministerio del Hacienda remitió los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, y presentó una denuncia ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Hasta la fecha, ninguna de las dos instancias tomó cartas en el asunto.

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